Logo ISAS

Negociación OMAL – 22-01- 2026

Posicionamiento de la sección sindical ISAS

Resumenreunion de hoy
CON EL ACUERDO DEL OMAL, con fecha 13 de junio de 2025, a las 15:20 horas.

Hoy la reunion ha transcurrido con la exposicion por parte de la direccion de una oferta para reducir, concretar y adaptar las categorias a la realidad de la empresa. Estas categorias, la mayoria, son de un convenio general de CONSERVAS VEGETALES que no tiene nada que ver con la funcion en la empresa.

Es una OFERTA BORRADOR que la empresa APORTA A LOS SINDICATOS para abrir negociaciones, sobre una base logica del trabajo que aqui se realiza, PARA SU ANALISIS, APORTAR SUGERENCIAS, QUEDAR ACORDADA Y EMPEZAR LA NEGOCIACION ECONOMICA. Implica a PRODUCCION, CALIDAD, ADMINISTRACION DE LAS TRES EMPRESAS DEL GRUPO.

Esto empieza asi. NADIE DE LOS SINDICATOS A APORTADO NADA MAS EN LA REUNION.

LA HEMOS RECIBIDO LA OFERTA DE CATEGORIAS ESTA MISMA TARDE POR CORREO ELECTRONICO.

Desde ISAS informaremos con rigor, respeto y prudencia de lo que se acuerde formalmente, NO SOBRE HIPOTESIS O COSAS QUE NO SE AJUSTEN A LA REALIDAD DEL MOMENTO..

Lo habitual es que en la proxima reunion las secciones sindicales aportemos ideas o modificaciones de esta oferta de categorias.
Posición mínima de ISAS para negociar
Con los datos que tenemos, desde ISAS estudiaremos esta oferta.
1. Clasificación profesional
Esta oferta incluye la reduccion de categorias que se mezclan en funciones en todos los departamentos. En unas empresas del grupo mantendran la misma denominacion en el nombre y en otras se les dara otra definicion.

La diferenciacion de niveles en esas categorias es uno de los puntos que hay que definir en funciones de responsabilidad.

Como ya hemos dicho esto es para todas las secciones de todas las empresas del grupo, desde ISAS queremos que esto se traduzca en una progresion laboral y economica clara.
2. Salarios hasta 25.000 € anuales
Consolidación de todas las cantidades reflejadas en el acuerdo, incluida la cuantía a percibir en caso de no alcanzarse acuerdo, para quienes perciban menos de 25.000 € anuales.

Estas cantidades no serán absorbibles por las subidas del convenio general.
3. Salarios superiores a 25.000 €
Consolidación de un incremento mínimo del 2 % por encima del convenio general, con independencia de la subida que este establezca.
4. Permisos
Aplicación íntegra de los permisos recogidos en el convenio general y en el Estatuto de los Trabajadores.
5. Nocturnidad, horas extras y fines de semana
Incremento del plus de nocturnidad y del valor de las horas extraordinarias, así como de los trabajos realizados en fines de semana, ACORDAR SU RETRIBUCION, siempre bajo el principio de voluntariedad de la persona trabajadora.

TODO LO QUE NO ESTE REFLEJADO EN ACUERDO SE APLICARA EL CONVENIO GENERAL y E.T.